Proceso de información y publicidad de Subvención de oferta cultural en áreas no urbanas 2023

Ya que este Ayuntamiento ha sido beneficiario en la línea de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía convocada para  el ejercicio del año 2023 por la Resolución de 23 de febrero de 2023 (BOJA núm. 44, de 7 de marzo) de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y cuyas bases reguladoras se aprobaron por la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 8, de 13 de enero de 2023), en concreto mediante Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de 21 de septiembre de 2023, donde se incluyó a Caniles como entidad beneficiaria, con el Proyecto de Diversificación Cultural  “LO RURAL ES CULTURAL”.

En cumplimiento de las medidas de información y publicidad así como las obligaciones que aparecen recogidas tanto en la letra a) como en la letra b) del apartado 23 del cuadro resumen de la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 8, de 13 de enero de 2023), reguladora de las bases de dichas subvenciones y en concreto, en cuanto a las medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias, hacer énfasis en que, según el apartado 23.a).1.º del mencionado cuadro resumen, al tratarse de subvenciones financiadas con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (los cuales provienen de la Unión Europea), deben cumplir con las obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero, de 2021. Igualmente, deberán cumplir con las obligaciones de comunicación que establece el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los logos recogidos en el referido apartado 23.a).1.º del cuadro resumen.

Por todo ello, se procede a dar publicidad e informar de ello en el Tablón de anuncios de esta página web.

Comparte

Otras Noticias

Próximas Actividades

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad